Nueva Instancia Asesora del Sistema de Salud

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En la Resolución 0304 de 2015 el Ministerio de Salud y Protección Social, determina la integración y reglamento operativo para el funcionamiento de la Instancia de Coordinación y Asesoría dentro del Sistema General de Seguridad Social.

La Resolución 0304 de 2015 crea la Instancia Asesora del Sistema de Salud, cumpliendo con lo establecido en el Decreto 2479 de 2014, que busca brindar un espacio de dialogo para fortalecer la formulación, regulación, supervisión, evaluación y seguimiento de la política pública sectorial.

La Instancia Asesora del Sistema de salud estará conformada por:

–       Ministerio de Salud y Protección Social, quien delegará funciones en uno de los viceministerios y la presidirá

–       El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quién podrá delegar a uno de sus viceministros

–       Director del Departamento de Planeación Nacional, quién podrá delegar a uno de sus Subdirectores Generales

–       El Presidente de la Academia Nacional de Medicina de Colombia

–       Un representante por las Secretarias de Salud  en los niveles departamentales, municipales y distritales.

–       Un representante por las Entidades Promotoras de Salud- EPS Indígenas

–       Un representante por las Instituciones Prestadoras de Salud – IPS

–       Un representante por las Entidades Promotoras de Salud – EPS

–       Un representante de los Profesionales de la Salud

–       Un representante de los Usuarios del SGSSS

–       Un representante de las Centrales Obreras

–       Un representante de la Asociación de Facultades de los programas del área de salud

–       Un representante por los Empresarios

–       Un representante de la Industria Farmacéutica

Los requisitos de elección de cada representante están establecidos dentro de la Resolución 0304 de 2015, quienes no adquieren por el simple hecho de su designación, la calidad de servidores públicos y, no recibirán contraprestación económica por su participación en la Instancia Asesora del Sistema de Salud.

Estos representantes serán elegidos por un periodo de dos años, con derecho a la reelección siguiendo los parámetros establecidos para su elección.

La Resolución 0304 determina que las sesiones de la Instancia Asesora del Sistema de Salud, se harán con al menos 8 de sus miembros, en un periodo trimestral de manera ordinaria y, extraordinaria cuando el Ministerio de Salud así estime necesario.

Cada sesión que se realice quedará consignada en actas suscritas por el Presidente y el Secretario Técnico -La Resolución 0304 en su artículo 3 establece la elección y funciones del Secretario Técnico-

Las sesiones de la Instancia Asesora del Sistema de Salud se harán en la sede del Ministerio de Salud y Protección Social en Bogotá.

La Resolución 0304 entra en vigencia a partir de su publicación

Descargue – Instancia Asesora del Sistema de Salud – Resolución 0304 de 2015 

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