CAFESALUD se podría fraccionar después de su venta

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CONSULTORSALUD considera que ese sería un paso casi inmediato y de hecho necesario, si la lógica gubernamental y operativa prevalece (y un proyecto de decreto que hoy te entregamos es aprobado la próxima semana), pues está más que demostrado que, las dimensiones de una Gestora (léase Empresa Promotora de Salud EPS) tan grande, supera ampliamente la capacidad de gobernanza dentro del país, y la somete a riesgos operativos y tensiones financieras tan elevadas que la hace inviable, como hemos podido documentar a diario, durante la fallida gestión de Cafesalud a partir del momento en que recibió los afiliados de Saludcoop.

 

EL TAMAÑO SI IMPORTA

La gestión del aseguramiento en el inmediato futuro, está concebida al interior de la Política de Atención Integral en Salud – PAIS- , asignando tres roles completamente definidos a las Gestoras: Gestión del riesgo financiero, Gestión del riesgo en salud y Agenciamiento, los cuales son casi imposibles de cumplir al interior de una organización nacionalmente dispersa, sin enfoque ni responsabilidades ni arraigos territoriales, y especialmente sometida a las presiones propias de su automático liderazgo sectorial, que la convierte en imán para todo tipo de avivatos, politiqueros y hay que decirlo: corruptos con colores de cuello variados.

 

PORQUE FRACCIONAR A CAFESALUD

Primero: Indudablemente para alinear su nacimiento tras la próxima venta, a los tres tipos de ámbitos territoriales: a) Urbano (grandes ciudades o ciudades región con más de 1 millón de habitantes), b) Disperso (que comprende el andén pacifico, la alta guajira, el san Andrés insular, y los departamentos de la Amazonía y la Orinoquía), y c) de alta ruralidad, que son los restantes 24 departamentos.

Segundo: para elevar su capacidad de gobernanza en cada una de estas áreas en donde vayan a operar las nuevas entidades (léase Gestoras),

Tercero: para lograr el fortalecimiento patrimonial y la solvencia financiera, garantizando el cumplimiento de los objetivos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS, y

Cuarto: para generar alianzas territoriales sólidas, constituyendo y gestionando redes integrales de prestadores que respondan apropiadamente a los desafíos epidemiológicos, demográficos, culturales, tecnológicos, organizacionales y económicos de las poblaciones que tendrán a cargo. Lea también: Reorganización Institucional de EPS y ampliación del plazo de Habilitación Financiero

 

¿COMO LO PODRA LOGRAR EL COMPRADOR DE CAFESALUD?

Aquí está el secreto: un proyecto de Decreto que modificará pronto, el Decreto Único 760 de 2016, y que contiene solamente dos cambios:

Artículo 1. Adiciónense 2 parágrafos al artículo 2.1.13.9 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social:

“Parágrafo 1. Cuando en el proceso de reorganización institucional se pretenda la creación de una o varias entidades cuya propiedad recaiga en su totalidad en la entidad que se reorganiza, las cesiones a que hace referencia el presente artículo podrán ser parciales.

Parágrafo 2. En los procesos de reorganización previstos en el presente artículo, el plazo especial para el cumplimiento de las condiciones financieras y de solvencia se contará a partir de la autorización otorgada por la Superintendencia Nacional de Salud.” Artículo 2°. Vigencias y derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 780 de 2016.

 

COROLARIO

CONSULTORSALUD considera tras este análisis, que, este ajuste hecho a la medida de lo que será el NUEVO CAFESALUD, podría ser inmediatamente aprovechado por otras gigantescas EPS que actualmente son inviables por los mismos fenómenos, para considerar iniciar un proceso de reorganización institucional realizando cesiones, que determinen el surgimiento de GESTORAS TERRITORIALES, pudiendo encontrarnos frente a una de las más grandes transformaciones del aseguramiento por la vía de la reorganización institucional y las CESIONES DE AFILIADOS… atentos todos.

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