MANEXKA EPS INDIGENA LIQUIDADA POR LA SUPERSALUD – RESOLUCION 527 DE 2017

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La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Resolucion 527 de 2017, ordenó la toma de posesión inmediata y liquidación de la EPS indígena Manexka que cuenta con más de 210 mil afiliados en 18 municipios de Córdoba y Sucre. La decisión obedece a los hallazgos obtenidos a través de una auditoría forense realizada a la EPSI, en donde se evidenció una defraudación a los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud con la que se puso en riesgo a sus afiliados. Entre los principales hallazgos que motivaron la decisión se encuentran:

  • Venta de inmuebles de propiedad de la EPS Manexka a la IPS Indígena del mismo nombre por $600 millones, sin que el valor de dicha transacción se evidencie en los registros contables. A estos inmuebles se les realizaron mejoras por valor de $240 millones existiendo únicamente una promesa de compraventa entre las dos entidades.
  • El porcentaje de contratación con la IPS indígena Manexka que presta servicios de primer nivel, no es equiparable con el porcentaje de contratación que se realiza con otras instituciones que prestan servicios de mayor nivel de complejidad.
  • La EPSI no entregó información sobre el origen de financiamiento para la adquisición de la sede en la que actualmente funciona y que de acuerdo a los libros contables asciende a $2.900 millones. Esta operación se configura como una apropiación indebida de recursos de la salud pues aparentemente este dinero salió de los recursos que asigna el gobierno por cada afiliado.
  • Contabilización de ingresos extraordinarios ficticios para dar cumplimiento a la norma de habilitación financiera del orden de los $13.800 millones.
  • Pago de honorarios a miembros de la junta directiva sin autorización por $304 millones.
  • Gastos de nómina registrados y pagados como costos en salud.
  • Se rastrearon cuentas bancarias activas e inactivas que nunca fueron reportadas en los estados financieros de la EPSI.
  • Se identificó una celebración indebida de contratos con la IPS Sumisalud S.A.S encargada del suministro de medicamentos, la cual fue creada el 24 de enero de 2013, sin embargo, el contrato había iniciado desde el 1 de enero del mismo año. Las facturas presentadas por esta IPS nunca fueron auditadas, es decir, se pagaba sin verificar si efectivamente se había prestado el servicio o no.
  • Adicionalmente a esta misma IPS Sumisalud S.A.S se le otorgaron anticipos y avances por $1.177 millones, a pesar de estar prohibido en el manual de contratación de la EPS.
  • Se contrató a la empresa Montes Quality Group S.A.S el 5 de enero de 2015, a pesar de que la empresa había sido creada solo 12 días antes (24 de diciembre de 2014). Esto evidencia que no se tuvo en cuenta ni la idoneidad ni la experiencia para su contratación.
  • La empresa Montes Quality Group S.A.S realizaba las funciones de auditoría de cuentas médicas, verificación de derechos de los afiliados, sistema obligatorio de garantía de la calidad y oportunidad en los servicios ofrecidos, calidad de historias clínicas. Esto se configura como una tercerización en el aseguramiento porque son actividades que debe adelantar la EPS sin que puedan ser delegadas bajo ninguna circunstancia o figura.
  • Se identificaron autorizaciones para la realización de procedimientos estéticos sin que existan evidencias de pago en los registros contables.
  • Se emitieron autorizaciones de servicios de salud a 513 fallecidos por valor de $733 millones.

 

“Las personas que estaban al frente de esta EPS, violaron todo tipo de normas para defraudar al sistema de salud, acá se perdieron recursos importantes, se desviaron con otros fines distintos a los del aseguramiento, poniendo en riesgo a sus afiliados”, aseguró Norman Julio Muñoz, Superintendente Nacional de Salud.

 

La entidad está trabajando de manera coordinada con la Fiscalía General de la Nación para que se adelanten las acciones de tipo penal necesarias para determinar los responsables de los hechos denunciados.

 

“Es importante aclarar que esta es la primera vez que se ordena la liquidación de una EPS indígena, y no se hace por su condición, la cual en varias oportunidades fue utilizada por sus administradores como escudo frente a las acciones que podía adelantar esta Superintendencia”, agregó el Superintendente.

Los afiliados a la EPSI Manexka serán asignados a otras EPS habilitadas para operar en la región.

 

TRASLADO DE AFILIADOS DE MANEXKA EPS A OTRAS ASEGURADORAS

 

Tras la orden de liquidación de la EPS indígena Manexka, a traves de la resolucion 527 de 2017, la Superintendencia Nacional de Salud informó que activó un plan de contingencia para realizar la asignación de los afiliados debido a que los administradores de Manexka se negaron a entregar las bases de datos, censos hospitalarios, datos de autorizaciones y servicios pendientes que por ley deben proporcionar al agente liquidador para la redistribución de su población.

Los administradores o gerentes de las EPS saben que este proceso es de vital importancia en el día a día del proceso de aseguramiento, a fin de evitar poner en riesgo a la población afiliada.  Sin embargo, en este caso las personas a cargo de Manexka se negaron a entregar dicha información, se instalaron en la sede administrativa e impidieron el acceso a los datos necesarios.

Por lo tanto, la Superintendencia Nacional de Salud, de manera inmediata generó un plan de trabajo junto con las Entidades Territoriales e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de los departamentos de Córdoba y Sucre, para garantizar la atención de manera ininterrumpida a cada uno de los afiliados a la EPS de Manexka.

Como parte del proceso de continuidad en la garantía del aseguramiento, la Superintendencia Nacional de Salud en el día de hoy acompañó al agente liquidador en el proceso de redistribución de los 210.836 afiliados, con el objetivo de que a partir del 1 de abril de 2017 queden adscritos a las EPS receptoras que son: Comfamiliar Sucre, Cajacopi, Nueva EPS, Coosalud y Mutual Ser.

Hasta el próximo 31 de marzo Manexka será responsable del pago de los servicios requeridos por los usuarios y esta Superintendencia a través del trabajo conjunto con Entidades Territoriales, clínicas y hospitales, verificará que se garantice la atención de esta población.

A partir del 1 de abril de 2017 y transcurridos noventa (90) días, los usuarios podrán escoger libremente la EPS a la cual desean pertenecer dentro de las que operan en su municipio de residencia, que no tengan restricción de afiliación y que pertenezcan al régimen subsidiado.

 

Los afiliados podrán consultar a que EPS fueron asignados a través de los listados que serán publicados en las Secretarías de Salud de sus municipios. En caso de requerir orientación, mayor información o de presentar algún inconveniente con la atención en salud, pueden comunicarse con la Supersalud a través de la línea gratuita nacional 018000513700 eligiendo la opción 4 la cual está habilitada las 24 horas del día los 7 días de la semana. También pueden contactarse con la entidad a través del correo electrónico [email protected]

 

Adicionalmente, un equipo de la Supersalud se encuentra en Montería atento a atender las solicitudes de la población sujeto de asignación.

Descargue la Resolucion 527 de 2017 de la Supersalud

 

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