IPS Universitaria multada por la Superintendencia de Industria y Comercio

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), multó con $598.056.466 mil millones a la IPS Universidad de Antioquia, por la venta de medicamentos por encima de los precios máximos establecidos por el Gobierno Nacional.

La SIC afirmó que entre mayo de 2015 y 2016 la IPS, ofertó diez fármacos a precios mucho más altos que el precio fijado por la Comisión y en concordancia con la circular 06 de 2013 y en la Resolución 718 de 2015 del Ministerio de Salud y Protección Social.

Los medicamentos que se vendieron con usura se utilizan para el tratamiento de enfermedades venéreas como el VIH, el trasplante de órganos, diabetes, células renales, parkinson, esquizofrenia y esclerosis múltiple.

A manera de ejemplo, la entidad afirma que la IPS Universitaria vendía el medicamento Kaletra por 200 miligramos y en caja de 120 cápsulas a $21.916 cada cápsula, cuando el precio fijado por la Comisión es de $900 la unidad, el costo se elevaba a 2.300 % más de lo que se ha fijado para la comercialización de dicho antirretroviral usado para el tratamiento del VIH.

Luego de realizar la investigación y comprobar que la IPS Universitaria de Antioquia incumplía lo fijado por el régimen de control directo que regula 8.600 medicamentos en el país, la Superintendencia de Industria y Comercio impuso la multa.

La SIC recordó que el régimen de control de precios vigente es de obligatorio cumplimiento para todos los agentes de la cadena de comercialización de medicamentos, ya que desde las transacciones realizadas por los productores y distribuidores al sistema de salud y las ventas al por mayor en el canal comercial, se deben respetar los precios máximos señalados por el Gobierno Nacional.

Por su parte la IPS Universitaría, apelará la sanción, argumentando que hubo un error involuntario, al realizarse la parametrización de los medicamentos, de las 1057 presentaciones de medicamentos regulados actualmente, 10 medicamentos no fueron actualizados tarifariamente en el año 2015 y 2016, cuando entro en vigencia la Resolución 718 de 2015.

Adicionalmente argumentó que una vez identificado el error se subsanó emitiendo las respectivas notas crédito a las Entidades Responsables de Pago, ajustando los precios en las facturas sin recibir lucro alguno fuera de lo establecido por la Ley y antes de la apertura del proceso sancionatorio.

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