Así va el Plan de Desarrollo en salud

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El Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria, en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aclaró varias inquietudes que han suscitado alrededor de las propuestas del Gobierno Nacional en el Plan Nacional de Desarrollo en temas de salud.

En el inicio de su intervención defiende la importancia del Plan de Desarrollo como un mecanismo para hacer reformas legales, que se convierten en leyes de leyes según el contexto de cada gobierno, y que permite tener enmiendas legislativas para poder hacer ese tipo de reformas legales.

Estas fueron las aclaraciones que hizo el Ministro en su intervención.

Modelo Integral de Atención en Salud (Artículo 61, hoy artículo 66)

El primer debate que se dio alrededor de la propuesta era que se le estaban dando unas facultades inmensas al Ministerio de Salud para reformar todo el modelo de salud. Por eso fue necesario cambiar el título del artículo en el que el objetivo principal es crear un nuevo modelo de atención en salud.

La idea del artículo es desde el Ministerio proponer modelos de atención diferenciales en tres casos específicos:

–       Zonas Dispersas

–       Municipios y Ciudades intermedias

–       Ciudades principales

Esto con el fin de acortar la heterogeneidad que hay en el sistema, “Este es un avance regulatorio que trata de recoger una inquietud que ha estado en este sistema por mucho tiempo, en el que hay una especie de ambiente no regulado con falta de regulación a la hora de definir los modelos de atención de las empresas prestadoras de salud” aclaró el Ministro Gaviria.

Esos modelos de atención en especial de las zonas dispersas en los municipios intermedios, van a estar orientados por: atención primaria, salud familiar y comunitaria y gestión de riesgo en salud con un enfoque familiar.

Sin eliminar lo planteado en la Ley 1438 que estableció diferentes temas en APS y RIP, y por eso se decidió que no se harán derogatorias de los artículos de la ley, sino que sean compatibles.

Artículo 62 y 63 ahora Articulo 67 y 68 – Reforma al FOSYGA

Este artículo no busca repetir la experiencia fracasada del Fondo Salud Mía, sino aprender de esa experiencia y tratar de incorporar el conocimiento práctico de quienes ha administrado el FOSYGA.

Ese nuevo fondo no afilia, no recauda, no gira y no asume riesgos, y tampoco es una gran EPS pública. El riesgo va seguir siendo asumido por las EPS.

Lo que propone el plan es una “reforma administrativa del FOSYGA”, en el que se plantea la eliminación de las subcuentas, con la excepción de las subcuentas de garantías que será necesaria para “seguir apalancado la recuperación financiera del sistema”.

Las labores misionales pasaran a manos del Estado con la creación de una entidad profesional que lo haga. “Es una reforma administrativa al FOSYGA para tener una administración más profesional de los recursos públicos de la salud en sus diferentes orígenes, Fiscales y Parafiscales” enfatizó el Ministro.

Con esa entidad el sistema se ahorrará dinero, con las redundancias que hay en el proceso. Para ello, el ministro planteó la posibilidad de modificar o eliminar el 1% del techo para la administración de los recursos del sistema que allí se propone.

Medidas Especiales (Artículo 69)

Este artículo busca atender los desafíos de Saludcoop y Caprecom, a través del fortalecimiento de algunas de las competencias de la Superintendencia Nacional de Salud.

Política Farmeceutica Artículo 71, 72 y 73

“El deterioro patrimonial de las empresas aseguradoras y todas la deudas a lo largo de la cadena, tienen que ver con la forma desordenada, de cómo incorporamos, dadas unas órdenes judiciales, la innovación al sistema de salud” afirmó el Ministro

Haciendo un llamado a todos a “ser inteligentes a la hora de incorporar las nuevas tecnologías” y de ahí la importancia de reglamentar las patentes y el uso de los medicamentos dentro del sistema.

“En el contexto de la ley estatutaria este país necesita ahora, y para los próximos 10 o 15 años una política farmacéutica bien diseñada que tiene que concebirse dinámicamente” indicó Gaviria.  

Liquidación Hospitales

En ese artículo se hizo una modificación donde esos recursos de saneamiento de los hospitales, no se utilicen solo en liquidación sino que se les dé una segunda oportunidad a los hospitales que tienen PEGIR  en la Superintendencia de Salud.

Ampliación del núcleo familiar

El Ministerio de Salud incorporó un nuevo artículo al Plan Nacional de Desarrollo que busca ampliar el núcleo familiar, para niños que viven con sus abuelos o sus tíos y para que los estudiantes de 18 y 25 años, con el fin de cumplir con la constitucionalidad de la Ley Estatutaria, y  complementar el decreto de afiliación y el tema de movilidad

Finalmente el Ministro aclaró que con este plan no se está haciendo una reforma estructural como tal sino lo que se busca es seguir avanzando en las mejoras al sistema.

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